Economistas

Las nuevas trampas de Hacienda para cazar a los malos contribuyentes

El viejo aforismo de que “El ojo de Hacienda nunca duerme” se ha convertido en los últimos años en una realidad más palpable tras la puesta en marcha por la Agencia Tributaria de avanzados mecanismos informáticos y tecnológicos para perseguir el fraude tributario. Sin embargo, según los expertos fiscales, existen una serie de trampas de carril que los contribuyentes pueden evitar sin muchas complicaciones. De esta forma impiden que salten alertas innecesarias en la administración tributaria que acaben con la apertura de una investigación o las temidas “declaraciones paralelas”.

El continuo cruce de datos. Uno de los primeros puntos que conviene tener presente es que muchos de los datos que estamos obligados a incorporar a la declaración ya están en poder de la Agencia Tributaria mediante un sistema de cruce de datos con otros organismos que siguen nuestra huella como la Seguridad Social, el Catastro, el Ayuntamiento, etc. También es el caso de las retribuciones recibidas a través del empleador o los empleadores con los que mantenemos alguna relación laboral.

Ojo con los pequeños pagos.Es importante recordar que no hay que descuidar los pequeños ingresos recibidos por rídículos que nos parezcan, ya que cuando rápidamente salta en las pantallas si el cruce automático de los datos enviados por el contribuyente y por la empresa no casan.

El Fisco juega con ventaja en los productos de ahorro. Un tanto de lo mismo ocurre con las retenciones que los bancos practican sobre los productos de ahorro, como las cuentas remuneradas, depósitos, fondos de inversión o las plusvalías por la compra venta de acciones. Los bancos están obligados a comunicar estas retenciones, de forma que si el ahorrador no informa de ellas queda patente en los ordenadores de la Agencia Tributaria. Esta misma advertencia es extensible a las aportaciones a los planes de pensiones.

En este apartado, también es importantes estar atento a determinados aspectos en productos de inversión, como los fondos de inversión, sobre todo no incurrir en atribuir la titularidad de los mismos a personas sin capacidad para financiar.

De todas formas, las declaraciones a devolver son por sistema más vigiladas que las a ingresar.

Corregir los errores en los borradores. Los asesores fiscales hacen hincapié en que se deben comunicar los datos erróneos que se observen en el borrador de Hacienda aunque nos beneficien debido a que la responsabilidad última siempre es del contribuyente.

"Muchos contribuyentes se callan y no dicen nada cuando a lo mejor comprueban que Hacienda no les ha incluido un ingreso o les ha puesto más hijos de los que tiene, y esto es una equivocación porque no se dan cuenta de que el Fisco tiene cuatro años para detectarlo y perseguir al afectado” asegura Rubén Gimeno, director del Departamento de información fiscal del Reaf, el órgano especializado en el asesoramiento fiscal del Consejo General del Colegio de Economistas de España.

No faltar a la cita de la declaración. Otra norma de oro que no debe transgredir el contribuyente es la de seguir presentando la declaración (siempre que se esté en los límites de renta que obligado a ello) una vez que se ha presentado por primera vez. La Agencia Tributaria tiene alertas para estos contribuyentes y como tiene datos de años anteriores, tan pronto como constata que han podido producirse ingresos reclamará al supuesto defraudador.

También cabe fijarse en los pagos que se consignan en el apartado de “en especie”, ya que luego se cruzan con los que presenta la empresa.

Controles aleatorios. Una de las vías que actualmente tiene operativas el fisco para para cazar a los contribuyentes más díscolos es la de los controles aleatorios, que llevan a cabo periódicamente entre determinados colectivos profesionales estén o no vinculados a asuntos donde se sospecha que puede estarse produciendo bolsas de fraude como el sector inmobiliario, determinados profesionales autónomos o ciertas pymes.

Proporcionalidad entre ingresos y gastos. Otro error muy frecuente detectado por los asesores fiscales consiste en declarar a Hacienda unas ganancias que no guardan proporcionalidad con las deducciones practicadas y que ponen en guardia a los inspectores ante la posibilidad de que parte de los ingresos se esté recibiendo en negro. Por ejemplo, hay declarantes que informan de ingresos de 7.000 y se practican deducciones por 9.000 euros en la vivienda.

Especial atención hay que poner en las deducciones por inversión de bienes afectos a la actividad si no se declara luego el valor de los mismos o simplemente cuando se declara gastos de la actividad considerablemente superiores a los ingresos.

Otro capítulo que hay que cuidar son los excesivos gastos suntuarios (que grava el aprovechamiento de los cotos privados de caza y pesca) y sobre todo los pagos a terceros superiores a 3.005,06 €. si no se corresponden a un determinado nivel de renta.

No rebajar el precio del piso. En los últimos años la administración tributaria también ha estrechado el cerco para acabar con el fraude en la compra venta de pisos. Muchas comunidades autónomas ya cuentan con unas tablas de referencia para valorar las viviendas, por lo que si su cifra oficial dista mucha de la declararada en la compra del piso inmediatamente ponen los controles pertinentes para descubrir la infracción.

Una de las primeras comunidades autónomas que puso en marcha estas tablas fue la de Madrid, con el famoso “Betetazo” debido a que su autor fue el entonces el consejero de Hacienda, Antonio Beteta. En estos casos los contribuyentes han de tener en cuenta que hay datos que valen al fisco como ayuda en caso de abrir una investigación como es el importe solicitado en la hipoteca para la compra de la vivienda o los movimientos bancarios realizados en la entidad financiera de las personas que intervienen.

Declarar los alquileres. Otro movimiento que puede poner al contribuyente en el punto de mira de Hacienda es declarar rentas procedentes de inmuebles alquilados con excesivos gastos imputados a los mismos.

Asimismo, si se ha comprado una nueva vivienda habitual habiendo practicado deducción por otra anterior, deberá tenerse presente que las cantidades invertidas en la nueva no será deducibles hasta que no superen las bases de deducción en vivienda habitual de las declaraciones anteriores.

Hay que extremar también la atención cuando se alquila un piso y se decide no declarar el importe abonados por los inquilinos ya que es posible que estos, sobre todo si son estudiantes o gente joven, soliciten ayudas a organismos públicos que luego declaran. Cuando se produce el cruce de datos, automáticamente el alquiler queda fichado y por tanto al propietario de la misma. Es decir, que aunque luego no declare las rentas, sus ingresos no escapan al ojo del fisco.

Donativos y ayudas paternas. Otro elemento a cuidar porque suele ser motivo de conflicto para los inspectores de Hacienda son los donativos. Los responsables de la Reaf advierten que muchos jóvenes han de vigilar los ingresos no incluidos en la declaración debido a que han sido obtenidos por préstamos de dinero paternos. En ese caso el progenitor está obligado a cobrar un interés a su descendiente, pues de lo contrario fiscalmente se consideraría una donación, que está gravado con sus correspondientes impuestos. Si la administración tributaria demuestra que el dinero es a fondo perdido puede imponer las correspondientes cargas a los padres salvo que el declarante demuestre el origen de esos ingresos.

Alerta a las pequeñas empresas. Las pequeñas empresas y los profesionales autónomos no están tampoco exentas de la intensa supervisión del fisco. De hecho, en los últimos años, los esfuerzos se han dirigido hacia este segmento empresarial para evitar que engorden innecesariamente su cuenta de gastos. En este sentido, los expertos recomiendan a los profesionales que tributan bajo estas figuras que no abusen a la hora de pasar gastos de comidas, coches, e informática.

Engordar la cuenta de gastos. En algunos casos, algunas compañías caen en el error de incluir muchos gastos y pocos ingresos, lo que rápidamente alerta a los cuerpos de inspección. Por ejemplo, no se aconseja meter en la cuenta de gastos viajes de verano, ni sobrepasar las inversiones destinadas a flotas de vehículos porque es susceptible de investigación.

Dejar sociedades inactivas. En el capítulo de profesionales autónomos y pymes, otro error habitual que despierta el interés de los órganos tributarios es, según los expertos del equipo fiscal de Datadiar, dejar sociedades inactivas y la creación en paralelo de nuevas sociedades, con distinta denominación, los mismos socios y la misma sede. Si existen deudas tributarias pendientes, podría dar lugar a la apertura de un expediente de derivación de responsabilidad, o de sucesión de empresas.

También los inspectores se fijan en si se producen operaciones entre sociedades matrices y filiales residentes en España y el Extranjero o se constata la utilización de paraísos fiscales como domicilio a efecto de pagos impuestos.

En cualquier caso, los asesores reconocen que por mucho que quiera Hacienda y por mucho que incremente los controles, no puede llegar a abarcar los desajustes de todos porque no tienen los suficientes efectivos y que solo se incurrirá en un expediente si se presentan datos falsos reiteradamente. Eso sí, una vez que te expedientan una vez, ya la Agencia Tributaria te pone bajo su lupa para siempre.

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