Economistas

Rebaja fiscal para grandes accionistas que inviertan en sus propias empresas

El Gobierno ha decidido salir al quite de la polvareda montada hace cerca de un año por lo que se denominó el "aguinaldo fiscal" de los banqueros.

Y lo ha hecho de una forma que será difícil que despierte quejas entre los grandes accionistas: los socios y administradores de empresas podrán beneficiarse del tipo reducido del IRPF -de entre el 19% y el 21% con la nueva ley, menos de la mitad del tipo general, del 43%-.

Y se beneficiarán más cuanta mayor sea su participación en la compañía. La rebaja permitirá a los directivos invertir a través de préstamos a sus propias compañías pagando en concepto del IRPF el mismo gravamen que se abona por el ahorro de cualquier ciudadano.

Quien es posible que no acoja con el mismo optimismo la noticia será el resto de contribuyentes, que ve cómo en las mismas fechas se tramita una subida del IVA e IRPF de 11.000 millones de euros.

El origen de la polémica por aquel aguinaldo, como lo denominó el diario El Mundo en su momento, fue la reforma del IRPF aprobada a finales de 2006 y que introdujo, a partir de 2007, un cambio más que sensible en la fiscalidad de las rentas del ahorro: todas, independientemente del producto de inversión elegido por el contribuyente, pasaban a estar gravadas a un tipo fijo del 18% -ahora este tipo se quiere elevar al 19% ó el 21%-, frente a la tarifa progresiva, que llega hasta el 43%.

En este nuevo escenario, las rentas del capital, sin embargo, toparon con un problema: se estableció una excepción a esa tributación reducida y la ley optó por someter a la tarifa progresiva (con el pago de hasta el 43%) los intereses obtenidos por administradores o el resto de lo que se considera personas "vinculadas" a sus empresas.

Es el caso de socios con una participación superior al 5% (1% para entidades cotizadas). Si ellos invertían en obligaciones, bonos u otros productos de deuda de sus empresas, debían pagar hasta el 43%, no el tipo reducido.

Las negociaciones posteriores llevaron, sin embargo, al Ejecutivo a aceptar un cambio sobre esta postura: los administradores de entidades bancarias sí podrían invertir en sus propias empresas pagando el tipo reducido. El cambio no tuvo debate, ya que se aprobó por real decreto.

Tras el escándalo ocasionado por esa última reforma, el Gobierno ha decidido cambiar de nuevo su postura. Y ahora, para beneficiar a más administradores y socios. La opción introducida ahora en la Ley del IRPF se ha articulado, de nuevo, a través de una norma que nada tiene que ver, la de las sociedades inmobiliarias conocidas como Socimi.

En junio ya se anunció el pacto entre CiU y el PSOE para que aquel denominado "aguinaldo fiscal" de los banqueros se extendiera a otros sectores. Pero el resultado final de esta transformación ha ido a más, pues no sólo aumenta el campo de aplicación, sino que, además, el incentivo fiscal es mayor cuanto más alto sea su participación.

Y es que la reforma permitirá que el tipo de hasta el 43% sólo castigue los intereses logrados por los directivos en sus empresas, sean del sector que sean, cuando la cuantía invertida exceda de 3 veces el importe de los fondos propios correspondientes a la participación del contribuyente en la compañía. Por debajo de ese límite, el pago fiscal se limitará al tipo reducido (ahora del 18% y en breve del 19% ó 21%). Es decir, que cuantas más acciones de la empresa posea el socio, más podrá invertir con una fiscalidad reducida.
Fuente: C. Cuesta / E. S. Mazo /expansion

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