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¿QUÉ TENGO QUE HACER SI LA POLICÍA ME DETIENE? ¿CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO DE UNA EXPULSIÓN?

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SANCIONES: DEVOLUCIÓN, EXPULSIÓN, RETORNO Y SALIDA OBLIGATORIA
¿QUÉ TENGO QUE HACER SI LA POLICÍA ME DETIENE?
¿CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO DE UNA EXPULSIÓN?
¿CÓMO SE RECURRE?


¿Qué diferencia existe entre devolución, expulsión, retorno y salida obligatoria?

El significado de estos conceptos es el siguiente:

• Devolución: Es la medida que se puede adoptar cuando un extranjero es interceptado intentando entrar en España de manera irregular o cuando habiendo sido expulsado previamente es detenido en España estando vigente la prohibición de entrada.

• Expulsión: Es una sanción que se puede imponer al extranjero que está en España en situación irregular y que, en caso de ejecutarse, implica la repatriación de la persona.

• Retorno: Es la situación que se produce cuando, por falta de los requisitos necesarios para la entrada en el país, se acuerda el regreso del extranjero al país de procedencia.

• Salida obligatoria: Es la medida que sigue a toda resolución administrativa por la que se deniega a un extranjero una solicitud de asilo, de prorroga de estancia, de autorización de residencia o de su renovación. Implica que se le concede un plazo máximo de QUINCE días para que voluntariamente abandone España.


¿Cómo debo actuar cuando la Policía me detiene?

Cuando seas detenido por tu estancia irregular en España, como detenido tendrás derecho a un Abogado, a un intérprete de tu lengua, a ser reconocido por un Médico y a que se comunique la detención a un familiar o avisar a tu consulado; en todo caso, el tiempo máximo de detención será de 72 horas.

Si careces de medios económicos, el Abogado será gratuito y se asignará del Turno de Ofici,o, y es conveniente que le informes de los siguientes aspectos: si tienes familia en España con autorización de residencia, si tienes algún temor de regresar a tu país y por qué motivos, si padeces alguna enfermedad y recibes tratamiento médico, si eres mujer y estás embarazada, desde cuándo estás en España, si dispones de pasaporte y se sello a tu llegada, si tu entrada fue legal así como de cualquier otro aspecto que creas conveniente.

Tras notificarte el inicio del expediente de expulsión, caben dos posibilidades:

- Que quedes en libertad, o

- Que la Policía solicite y el Juez autorice tu ingreso en un Centro de Internamiento, en el que podrás permanecer hasta un máximo de 40 días.


¿Cuánto dura y qué trámites conlleva el procedimiento de expulsión?


IMPORTANTE:
Respecto a la duración, que variará dependiendo de cada provincia, es importante señalar que si pasados seis meses desde el momento de la detención no se te ha notificado la resolución de expulsión, el expediente caduca. Esto significa que tu procedimiento se archiva y no existe sanción, aunque si permaneces en situación irregular en el futuro la Policía podría iniciar un nuevo expediente sancionador. Consulta a tu abogado sobre la posibilidad de que él mismo haya recibido la notificación o de que haya sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la resolución administrativa o bien de que se ha producido la caducidad del procedimiento.


¿Cómo se desarrolla el procedimiento?

El procedimiento se desarrolla en tres fases:

• Iniciación: es el primer acto en el que se nos comunica que se va a iniciar un expediente de expulsión por encontrarnos en España en situación irregular. Generalmente un abogado nos asistirá en Comisaría y disponemos de CUARENTA Y OCHO horas para presentar alegaciones.

• Propuesta: Es el segundo documento que nos entrega la Policía, en él se os comunica que el procedimiento va a ter- minar y se nos da otro plazo de CUARENTA Y OCHO horas para presentar alegaciones.

• Resolución: Es el último documento que recibimos; a partir de que se nos notifique, la repatriación puede producirse en cualquier momento. Contra este acto podemos interponer recurso contencioso administrativo.


¿Cómo recurrir una sanción?

Toda sanción, ya sea multa o expulsión, se puede recurrir mediante lo que se llama "recurso de reposición"(es un recurso ante la propia Administración), aunque también puedes acudir directamente al recurso judicial (recurso contencioso-administrativo), siendo esta opción más aconsejable ya que ganas tiempo y tu Abogado de Oficio lo presentará en tu nombre y de forma gratuita. Es importante que se mantenga un contacto habitual con el abogado de oficio y, de esa forma, podrás otorgarle la representación para actuar en juicio a tu abogado, si fuera preciso.


¿Qué implica una orden de expulsión?

Una expulsión es una sanción que, una vez notificada, permite a la Policía detenerte y que seas trasladado a tu país; además, lleva añadida una prohibición de entrada tanto en España como en la mayoría de los países de la Unión Europea (espacio Schengen) durante un período de tiempo que puede variar entre 3 y 10 años. Además, la expulsión supone que si eres titular de un permiso de residencia, éste se extinguirá, y que, generalmente, hasta que no transcurra el plazo de la prohibición de entrada implicará que toda solicitud de permiso de residencia que presentes se inadmita a trámite.


¿Cuándo deja de tener vigencia una orden de expulsión?

Si a pesar de tener una orden de expulsión, permaneces irregularmente en España, debes sumar al período de prohibición de entrada que se te haya impuesto, un plazo de dos años más (plazo de "prescripción"). En caso de que te hayan llegado a expulsar efectivamente, sólo debes esperar a que transcurra el plazo de la prohibición de entrada.


¿Puede la Policía retener mi pasaporte y, si es así, cómo puedo recuperarlo?

Es habitual que la Policía pueda retirarte el pasaporte cuando, a consecuencia de estar en España en situación irregular, se inicie el expediente sancionador de expulsión.

Mientras dure el procedimiento de expulsión, el pasaporte permanecerá retenido, salvo que decidas abandonar voluntariamente España y que por razón de tu nacionalidad necesites visado para regresar, justificando que dispones de billete de avión para la salida, en cuyo caso la Policía te entregará el pasaporte. Si, por razón de tu nacionalidad, no precisas visado para venir a España, tu pasaporte sólo te será devuelto al ejecutarse la expulsión. En caso de retención, la policía debe entregarte copia compulsada
de tu pasaporte.


¿Puedo casarme o realizar algún trámite para regularizarme si tengo una orden de expulsión?

El hecho de que tengas una orden de expulsión no es obstáculo para poder contraer matrimonio en España. Cuando existe una orden de expulsión no puedes realizar ningún trámite para regularizarte, tendrías que pedir primero la revocación de la orden de expulsión, que se concederá discrecionalmente dependiendo del criterio que en cada provincia mantenga la respectiva Subdelegación del Gobierno de cada Oficina de Extranjeros.


¿Si me caso con un ciudadano de la Unión Europea la orden de expulsión se anula?

Sí. En este caso, y a diferencia del anterior, si solicitas la revocación de la orden de expulsión esta se acordará siempre que se haya dictado como consecuencia de una estancia irregular en territorio español.


¿Cuándo pago la sanción de multa por estar en España en situación irregular obtengo un permiso de residencia inmediatamente?

No, cuando pagas la sanción de multa sigues estando en España en situación irregular, lo único que cambia es el archivo del procedimiento de expulsión que se te había abierto y por tanto puedes acceder las vías ordinarias de regularización que la normativa establece. (Aunque la multa quede impagada)

Si volvieses a ser detenido por estar irregular en España se te volvería a iniciar un procedimiento por estancia irregular, que podría concluir con la sanción de expulsión.

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