Cómo ahorrar impuestos
Ahora bien, debe distinguirse entre ahorro y diferimiento. "Con el ahorro se consigue pagar menos impuestos en un ejercicio concreto, y con el diferimiento se paga menos ese año fiscal, pero al final se abonará en un ejercicio posterior", explica José María Leis, asociado senior de Ernst & Young Abogados.
Vivienda habitual
En el caso del ahorro, el ejemplo más común es la deducción por adquisición de vivienda habitual. El contribuyente puede deducir el 15% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio para la adquisición o rehabilitación de la que constituya o vaya a constituir su vivienda habitual, es decir, la que será su residencia durante, al menos, tres años.
Además, ha de tenerse en cuenta que la ocupación deberá realizarse en el plazo de doce meses desde su adquisición o terminación de la obra. Tanto en el caso de que la rehabilitación se realice con fondos propios como que se pida un crédito, la deducción se podrá aplicar en los ejercicios en que se paguen las obras.
La base máxima de deducción es de 9.015 euros por declaración y debe entenderse como cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual: cantidades abonadas directamente al vendedor, amortización de principal en caso de préstamo, pago de intereses de capitales ajenos y gastos originados por la adquisición. El porcentaje del 15% puede ser incrementado al 20% sobre los primeros 4.507,59 euros si la adquisición fue anterior al 20 de enero de 2006 y existió financiación ajena.
Cuando el contribuyente ya se haya deducido por la adquisición o rehabilitación de una vivienda anterior, sólo podrá deducirse por la nueva cuando se supere las cantidades invertidas anteriormente.
Alquiler de vivienda
Alquilar una vivienda también permite ciertos "beneficios fiscales", aunque es cierto que está especialmente dirigido a los contribuyentes con rentas más moderadas. En este sentido, se beneficiarán aquellos cuya base imponible sea inferior a 24.020 euros, ya que podrán deducirse el 10,05% de las cantidades pagadas.
El límite máximo de esta deducción es de 9.015 euros si su base imponible es igual o inferior a 12.000 euros. Si está por encima de ese nivel pero no llega a superar los 24.020 euros, el cálculo que deberán hacer para aplicarse la deducción es el siguiente: 9.015 euros menos el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12.000 euros.
Planes de pensiones
El contribuyente puede reducir su base imponible con las aportaciones a planes de pensiones y contribuciones a sistemas de previsión social, pero en este caso se trata de un diferimiento, porque lo tendrá que tributar cuando cobre la prestación. En cualquier caso, el ahorro fiscal en el ejercicio en que realizó las aportaciones dependerá del tipo impositivo marginal en el que se encuentre el contribuyente (24%, 28%, 37% o 43%).
El límite máximo de las aportaciones es la menor de dos cantidades: el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, o 10.000 euros anuales. Los límites suben al 50% o 12.500 euros, respectivamente, si se tienen más de 52 años.
Deducción por donativos
Los donativos también generan una deducción del 10, 25 ó 30% de la cantidad donada, pero ese porcentaje depende de la calificación legal de la entidad perceptora. No existe una regla única de calificación, tan sólo unos listados en los que se establece el porcentaje de deducción aplicable.
El límite de la base de los donativos que generan deducción es del 10% de la base liquidable del contribuyente (puede ser incrementado hasta el 15% en función de la entidad donataria). Como prueba de la donación, la Agencia Tributaria puede exigir una certificación expedida por la entidad donataria en la que figure el NIF de ambos (donante y donatario) el importe, la fecha, etcétera.
A tener en cuenta
"Existen otra serie de hechos o situaciones que generan cierto ahorro fiscal y por ello se deben tener en cuenta a la hora de preparar la declaración de renta, como es el caso de las deducciones autonómicas que cada comunidad permite aplicar", explica Marta Álvarez-Novoa, socia de Ernst & Young Abogados.
Álvarez-Novoa detalla que si el contribuyente está divorciado o separado legalmente, las pensiones compensatorias y anualidades por alimentos que satisfaga a su cónyuge o/e hijos por decisión judicial, tendrán impactos en el resultado de su declaración.
La deducción por maternidad también se podrá aplicar a la hora de hacer la declaración de la renta. Así, las mujeres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena podrán deducir de la cuota hasta 1.200 euros por cada uno de ellos, si no lo ha cobrado de forma anticipada.
Esta misma situación se da para el "cheque bebé". La persona que tenga derecho a recibir 2.500 euros por nacimiento de un hijo que cumpla determinados requisitos podrá deducir esta cantidad de la cuota del IRPF, siempre y cuando no lo haya cobrado ya.
Fuente y autor: Información facilitada por Ernst & Young Abogados/expansion




