Economistas

Rebajas para minimizar la factura con Hacienda

Desde el momento en que se reconocen los rendimientos del trabajo hasta que se llega a un resultado de la liquidación positivo o negativo, la declaración de la renta incluye una amplia gama de reducciones -que se descuentan directamente de la base imponible- y de deducciones -estatales y autonómicas- que contribuyen a rebajar la factura con Hacienda.

La deducción estrella de la declaración es la que se aplica sobre la inversión en vivienda habitual, que a menudo determina el signo negativo de la declaración de la renta. Pero antes, el contribuyente también podrá adelgazar su base imponible general si presenta una declaración conjunta o si realiza aportaciones a un plan de pensiones o a algún otro sistema de previsión social, como un seguro de dependencia o una mutualidad de previsión social.

DECLARACIÓN CONJUNTA

Las reducciones fiscales se aplican sobre la base imponible general con un riguroso orden, que encabeza la reducción por tributación conjunta. Hacienda establece que en las declaraciones conjuntas de unidades familiares integradas por ambos cónyuges y, si los hay, sus hijos menores de edad que convivan con ellos, la base imponible se reduce en 3.400 euros anuales. En las unidades familiares monoparentales, la base imponible se reduce en una cuantía menor, de 2.150 euros anuales. La aplicación de esta reducción no puede en ningún caso dar lugar a una base imponible general negativa. Y si sucediera, el remanente podrá reducir la base imponible del ahorro.

PLANES DE PENSIONES

Las características fiscales de los planes de pensiones son un atractivo indiscutible para elegirlos a la hora de planificar la jubilación y el ahorro a largo plazo. Las aportaciones a planes de pensiones individuales -y al resto de productos que forman el sistema de previsión social, como planes de empleo, mutualidades, planes de previsión asegurados o seguros de dependencia- reducen directamente la base imponible general. Hay, eso sí, ciertas limitaciones.

Límites con derecho a reducción

La cuantía máxima aportada a un plan de pensiones que tiene derecho a deducción debe ser como máximo de 10.000 euros anuales. Este límite se aplica de forma conjunta a lo aportado al plan de pensiones individual y, si lo hubiera, al plan de empleo. Y se eleva a 12.500 euros anuales para partícipes mayores de 50 años de edad.

Límites en la reducción

La reducción sobre la base imponible general será menor de estas dos cantidades: 10.000 euros anuales o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en los contribuyentes menores de 50 años. Para quienes superan esa edad, la reducción será la menor de estas cifras: 12.500 euros anuales o el 50% de los rendimientos netos del trabajo.

Al igual que sucede con la reducción por tributación conjunta, la aplicación de la reducción por aportaciones a sistemas de previsión social no puede dejar una base imponible negativa. En tal caso, el exceso de aportaciones podrá deducirse en los cinco años siguientes, siempre que lo aportado se ajustara a los límites citados y la base imponible negativa resulte de la aplicación del límite porcentual del 30% ó 50%.

En favor del cónyuge

El contribuyente que haga aportaciones al plan de pensiones de su cónyuge podrá deducirse un máximo de otros 2.000 euros anuales. El requisito es que su pareja no obtenga rendimientos del trabajo o de actividades económicas, o bien sean inferiores a los 8.000 euros.

PENSIÓN COMPENSATORIA

Quien recibe una pensión compensatoria, en virtud de una resolución judicial de separación o divorcio, debe declararla como rendimiento del trabajo. Pero quien la paga puede reducirla de su base imponible general, con la condición de que su aplicación no la deje en negativo.


DEDUCCIONES

Las deducciones -por compra de vivienda habitual, donativos, alquiler de vivienda o deducciones autonómicas- se aplican sobre la cuota íntegra y no podrán generan una cuota líquida negativa.

Vivienda habitual

Es la deducción estrella de la declaración de la renta y se aplica por el 15% de lo invertido, sobre un máximo de 9.015 euros. Es decir, permite una rebaja de hasta 1.352,25 euros anuales.

Alquiler

Frente a otras deducciones, con una parte estatal y otra autonómica, ésta se aplica en su totalidad sobre la cuota íntegra estatal para contribuyentes con una base imponible inferior a 24.020 euros.

Los 400 euros

Esta deducción por rendimiento del trabajo o de actividades económicas se ha suprimido con carácter universal este año, pero se mantiene sin cambios en la declaración de 2009.
Fuente y autor: Nuria Salobral /cincodias

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