Economistas

Un directivo que cobre 200.000 euros pagará por renta 2.400 euros más en Cataluña que en Madrid

Un alto directivo que cobre 205.088 euros en Cataluña pagará en el impuesto sobre la renta, a partir de 2011, 2.383 euros más que un colega suyo que resida en Madrid y tenga el mismo salario. El aumento fiscal a las rentas altas acordado en Cataluña y que ya se impone en otras comunidades disparará la asimetría fiscal.

Los altos directivos en Cataluña que cobren unos 200.000 euros anuales tienen un problema y, parafraseando al ex presidente catalán Pasqual Maragall, ese problema se llama 3%. Es el porcentaje que pagarán de más los asalariados con este sueldo afincados en Cataluña respecto a empleados con el mismo salario que residan en Madrid. Y, para tramos de renta más altos, la diferencia aún será mayor.

Eso sucederá a partir de 2011, cuando las dos grandes locomotoras económicas de España apliquen un IRPF muy dispar. Cataluña tendrá el impuesto de la renta más alto de España a la par que Madrid, junto con La Rioja, goza del IRPF con tipos menores. Y entre una y otra se sitúan las demás comunidades. Por la parte baja, la Comunidad Valenciana y Murcia mantienen los gravámenes en el tramo autonómico 0,25 puntos por debajo del fijado por el Estado. Y cerca de Cataluña se ubicarán Baleares, Asturias y Andalucía, que ya han anunciado que también elevarán el impuesto a las rentas altas. El resto no han modificado los tipos en el IRPF.

Así, un asalariado cuya base liquidable -es el resultado de restar del salario bruto la reducción por rendimientos del trabajo y las cotizaciones a la Seguridad Social- ascienda a 200.000 euros, pagará 79.980 euros por el impuesto de la renta en Cataluña y 77.597 euros en Madrid. En Baleares, Hacienda se llevará 78.880 euros y en Murcia y la Comunidad Valenciana, 77.831 (ver gráfico). En el ejemplo propuesto se ha tenido en cuenta que el trabajador no tiene hijos, ni plan de pensiones ni puede deducirse por vivienda, rebaja fiscal que el Gobierno suprimirá parcialmente en 2011 para las nuevas compras.

Si bien Madrid ya aprobó en 2007 rebajar el IRPF, la presión fiscal era muy similar en toda España. En primer lugar, porque ningún territorio había decidido elevar los tipos y, además, hasta este año, la capacidad normativa de los Gobiernos autonómicos se limitaba al 33% del impuesto. Porcentaje que se ha elevado hasta el 50% con el nuevo modelo de financiación que, por primera vez, permite modificar el número de tramos del IRPF.

Cataluña ha sido pionera y ha creado dos nuevos tramos. Hasta los primeros 120.000 euros se mantiene la tributación actual. Es decir, a los primeros 17.000 euros de renta se aplica un tipo del 24%, porcentaje que va subiendo progresivamente. El último tramo, a partir de 53.407 euros se grava al 43%, el que hasta ahora era el tipo marginal máximo. La novedad es que entre 120.000 y 175.000 euros, Cataluña elevará dos puntos la parte autonómica del impuesto, que pasa del 21,5% al 23,5%. Ello supone, al sumarle la parte estatal, que entre esos umbrales el tipo será del 35%. Y a partir de 175.000, la Generalitat aumentará hasta cuatro puntos el IRPF, dejando el tipo marginal máximo en el 47%, el mayor de España y uno de los más altos también de la Unión Europea.

El Registro de Economistas Asesores Fiscales defiende que el incremento elevará a su vez la incertidumbre y la inseguridad. El director del servicio de estudios, Rubén Gimeno, señala que la medida penalizará a contribuyentes que, sin tener un salario desorbitado, opten por rescatar de golpe su plan de pensiones, ya que tributa como si fuera renta del trabajo y se suma a las retribuciones dinerarias. Así, fácilmente un trabajador medio puede verse afectado por el aumento fiscal al recuperar sus ahorros para la vejez. Gimeno reclama que la Generalitat haga una excepción para evitar estas situaciones.

En cualquier caso, de momento, la Generalitat catalana o el Gobierno balear sólo ha trazado las grandes líneas de la reforma, habrá que esperar para conocer la letra pequeña. El Ejecutivo de Francesc Antich prevé elevar un punto, hasta el 44%, el gravamen del IRPF para bases liquidables superiores a 100.000 euros. A la espera de lo que hagan Asturias y Andalucía Baleares es el segundo territorio con un IRPF más alto. De momento, todas las comunidades que han decido subir el impuesto sobre las rentas altas están gobernadas por el PSOE. Y aquellas que a partir de 2007, siguiendo el ejemplo de Madrid, recortaron el IRPF (Comunidad Valenciana, Murcia y La Rioja) son feudos del PP. Y desde Galicia, que como la mayoría de comunidades no ha tocado el tipo ni los tramos del IRPF, el presidente de la Xunta, el popular Alberto Núñez Feijóo asegura que no subirá impuestos.

Medida simbólica

Elevar el IRPF a quienes más ganan tiene una importante carga simbólica pero carece de capacidad recaudatoria y no solucionará el creciente déficit público que sufren las arcas autonómicas. La Generalitat prevé ingresar unos 70 millones de euros adicionales y Baleares dos. En Cataluña, los afectados por la medida ascenderán a 20.000 contribuyentes, el 0,5% del total.

Además, por como funcional el IRPF, aquellos que se encuentren sólo ligeramente por encima de los nuevos umbrales casi no se verán afectados. Por ejemplo, un contribuyente balear con una base liquidable de 101.000 euros, pagará 100 euros tras la reforma. Aunque, a medida que se alejen de los nuevos umbrales, las diferencias ya empezarán a ser significativas. Un directivo de Barcelona con una sueldo en torno a los 210.000 euros, actualmente paga unos 77.880 euros y, a partir de 2011, abonará a Hacienda 2.100 euros más. Es decir, su tipo efectivo en el IRPF será del 38,9%, el más alto de España y 1,1 puntos por encima del que aplica un contribuyente con su mismo salario en Madrid. Al directivo catalán sólo le queda el consuelo de que, al menos, Barcelona sí tiene mar.

Verdades, mentiras y dudas del impuesto sobre la renta
¿Los empleados que cobran más de 175.000 euros pagarán el 47% de su sueldo a Hacienda en Cataluña?

No. El IRPF no se aplica al sueldo, ni al bruto ni al neto. Los tipos gravan la base liquidable, que se obtiene al restar del salario bruto las reducciones y bonificaciones a las que tenga derecho el contribuyente.

¿Y el gravamen del 47% se aplicará sobre toda la base liquidable?

No. El IRPF funciona por escalas. Es decir, al primer tramo de renta hasta 17.707 euros se aplica el tipo menor del 24%, los siguientes 15.300 euros tributan al 28% y, de allí hasta los 53.407 euros, se gravan al 37%. Todo lo que supere este umbral tributa al 43%. Ahora Cataluña crea dos nuevos tramos para los que cobren más de 120.000 euros y más de 175.000 euros. Por ejemplo, quien tenga una base liquidable de 121.000 euros, no notará ningún cambio fiscal para los primeros 120.000 euros. Y sólo los 1.000 euros restantes hasta alcanzar los 121.000 aplicarán el nuevo gravamen.

¿Por qué se habla de tramo autonómico y de tramo estatal del impuesto?

El IRPF es un tributo que está cedido al 50% a las comunidades y los Gobiernos autonómicos pueden legislar sobre su parte del impuesto. Por ejemplo, el tipo del primer tramo es del 24%, ello significa que las comunidades aplican el 12% sobre la base liquidable y el Estado otro 12%. Madrid optó por rebajar su 12% al 11,6%. Esto se traduce en que los madrileños aplican al primer tramo de renta un gravamen del 23,6%.

¿Qué es el tipo efectivo y qué diferencia hay con los gravámenes oficiales?

El tipo efectivo es el gravamen real y muestra qué porcentaje del sueldo bruto se lleva Hacienda de un contribuyente. El oficial es el que se aplica sobre la base liquidable a todos los trabajadores por igual. Como existen deducciones, asalariados con una misma estructura de renta aplicarán el mismo tipo oficial, sin embargo, el efectivo variará según el contribuyente acceda a más o menos rebajas fiscales.

¿Se puede trabajar en Cataluña y tributar por renta en Madrid?

Sí que se puede, pero es ilegal. El IRPF se debe pagar en la comunidad donde se pase la mayor parte del año. Ahora bien, no son pocos los trabajadores que viven en un territorio y tributan en otro.
Fuente y autor: Jaume Viñas/cincodias

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