Economistas

Los productos que hay que entender antes de contratar

La directiva Mifid aterrizó en Europa con la misión de proteger a los clientes de productos financieros. Desde su entrada en vigor, las entidades bancarias, teóricamente, siempre han de realizar un test de idoneidad antes de asesorar a sus clientes. Les realizarán, además, un test de conveniencia en ciertos casos, con el objetivo de determinar si entienden y están en condiciones de asumir los riesgos de algunos productos. De ahí, que las entidades financieras tengan la obligación de clasificar los instrumentos financieros en complejos y no complejos.

La CNMV advirtió el viernes que ha detectado "incidencias" en la clasificación de algunos productos. Es vital que quede claro cuáles deben considerarse complejos y cuáles no. En el caso de instrumentos complejos, el banco o la caja siempre debe realizar el mencionado test de conveniencia y, si el producto no es adecuado, tendrá que desaconsejar su contratación. La entidad sólo podrá tramitar la operación si ha alertado al cliente.

A continuación, se muestra la clasificación de algunos de los productos financieros que han provocado problemas de clasificación, de acuerdo a la guía publicada por la CNMV.

COMPLEJOS

Preferentes. Este tipo de títulos, colocados masivamente por bancos y cajas el año pasado, deben considerarse un producto complejo, debido a que "incorporan un derivado implícito", según explica la CNMV. Las acciones no cotizadas en mercados regulados o aquéllas admitidas a cotización en mercados de terceros países (aquéllos que no están incluidos en la lista de la Comisión Europea de mercados equivalentes) están sujetas a una evaluación concreta para determinar si son instrumentos complejos o no complejos. Lo mismo ocurre con los certificados sobre acciones.

Estructurados. Los productos estructurados, en general, deben considerarse complejos. El supervisor menciona, por ejemplo, los bonos con rendimiento referenciado a la rentabilidad de un índice de deuda, de una cesta de acciones o de un índice de materias primas. En estos casos, no es relevante para la clasificación si el capital inicial está garantizado o no: son complejos en todas las ocasiones.

Convertibles. Aquella deuda que puede o debe convertirse en acciones es un producto considerado complejo.

Otros bonos. Deberán considerarse como instrumentos financieros complejos cualquier tipo de bonos que incorporen "estructuras que dificulten al inversor comprender el riesgo asociado al producto". Menciona, por ejemplo, algunas estructuras de deuda titulizada, como MBS, CDO o ABS. Igualmente, también son productos complejos "los bonos u otro tipo de deuda que incorpora una opción de amortización anticipada para el emisor, el tenedor o para ambos". Los títulos de deuda de interés variable tendrán que ser evaluados de forma particular a la hora de decidir su clasificación.

Derivados. Los futuros, las opciones y los swaps, además de los warrants y los contratos por diferencias (CFD, por sus siglas en inglés), son complejos.


NO COMPLEJOS

Acciones. Se consideran instrumentos financieros no complejos siempre que coticen en mercados regulados.

Derechos de suscripción. Son instrumentos no complejos siempre y cuando hayan sido adjudicadas durante una ampliación de capital. La explicación que ofrece el organismo presidido por Julio Segura es que, en estos casos, los derechos de suscripción deben considerarse parte de la acción.

Deuda. En principio, los bonos, ya sean de deuda pública o privada, financiera o corporativa, son considerados productos no complejos. Se incluyen en este epígrafe los bonos y obligaciones de empresas, los bonos y las letras del Tesoro y las cédulas, los bonos de cajas y bancos y las participaciones hipotecarias. La salvedad está en aquellos títulos que incorporan un derivado implícito: en este caso, son productos complejos.

Depósitos. El producto de ahorro por excelencia es considerado como un instrumento financiero no complejo.

Fondos de inversión. Las participaciones en fondos de inversión o las acciones en Sociedades de inversión de capital variable (Sicav) son consideradas instrumentos financieros no complejos. Sin embargo, dependerán de una evaluación concreta las participaciones en fondos de inversión no armonizados.
Fuente y autor: P. Martín Simón/cincodias

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