Economistas

El consumidor pagará menos interés de demora a los bancos

La Audiencia de Álava declara abusivo que los bancos fijen un interés de demora del 18% en préstamos con garantía hipotecaria. Ello permite al tribunal reducir su cuantía protegiendo así a los consumidores.

La Audiencia Provincial de Álava abre una vía para poder reducir los intereses de demora pactados por los bancos y sus clientes en hipotecas en una reciente sentencia.

El tribunal considera que fijar un interés de demora del 18% anual es abusivo. Por ello, aplicando la normativa de protección al consumidor, modera su cuantía a 2,5 veces el interés legal del dinero al firmarse el préstamo.

La entidad crediticia -Bankoa- se oponía a la pretensión de su cliente de reducir los intereses. En su recurso, señalaba que la cláusula suscrita había sido pactada libremente entre ambas partes. Asimismo, indicaba que no merecía el calificativo de abusiva, pues fue avalada por el Registrador al inscribirse la hipoteca. Finalmente, el banco alegaba que el interés fijado tampoco podía ser considerado usurario como pretendía el cliente en su demanda. La Audiencia, sin embargo, tumba sus pretensiones. El órgano judicial parte de la base de que los intereses moratorios tienen naturaleza de pena, es decir, de sanción al incumplidor que se encuentra en mora. Por este motivo, "es posible acudir al artículo 1.154 del Código Civil, que permite al juez modificar equitativamente la pena".

Respecto de la libertad contractual por la que el banco se oponía a la moderación judicial, la Audiencia señala que la libre disposición de las partes no autoriza a superar ciertos límites. A juicio de la Sala, si una estipulación es abusiva, contraría la ley, la moral y el orden público no sanando tal vulneración "el acuerdo de las partes". Con este argumento, la resolución concluye que "no existe impedimento alguno para analizar si la fijación de un interés de demora del 18% merece la calificación de abusiva".

Más tutela
En este punto, la Audiencia recuerda que la legislación pretende cada vez una mayor tutela de los consumidores. En su opinión, son fiel reflejo de ello la Ley de Créditos al Consumo, la Ley de Condiciones Generales de la Contratación o la de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Sin embargo, reconoce que "ninguna de ellas pone límite a los intereses moratorios", aunque sí "revelan una cada vez más amplia preocupación institucional frente a los abusos en la concesión del crédito, disponiendo límites para atajarlos".

Con esta línea argumental de fondo, la Sala señala que no puede aplicar al caso la Ley de Condiciones Generales de la Contratación porque "no se ha acreditado que la cláusula que contiene el interés moratorio sea general". Sin embargo, no ve reparos para aplicar la normativa de protección al consumidor vigente en el momento de firmar el crédito con garantía hipotecaria.

Dicha norma puede aplicarse "por ser la apelante persona física que adquirió un bien inmueble, sobre el que recae la garantía", explica.

Todo ello lleva a la Sala a concluir que "un interés sancionador que supera en más de 4 veces el interés legal del dinero merece la consideración de desproporcionadamente alto, atendiendo a la condición de consumidor del prestatario".

Por este motivo, declara la cláusula nula, moderando el interés de demora a 2,5 veces el interés legal del dinero al firmarse el préstamo, lo que supone un 10,62%. (AP de Álava, 13/04/11, Rº 672/2010)
Fuente y autor: Victoria Martínez-Vares/expansion

Engadir un comentario

Normas de etiqueta nos comentarios

Dende Xabier Pita Wonenburger, animámolo/a a cumprir as seguintes normas de comportamento nos seus comentarios:

  • Evite os insultos, palabras groseiras, alusións sexuais, vulgaridades o vulgares simplificacións
  • Non sexa gratuitamente ofensivo, e menos aínda, inxurioso.
  • Os comentarios deben ser pertinentes. Respecte o tema formulado no artigo ou aqueles que xurdan de xeito natural no curso do debate.
  • En Internet, adóitanse utilizar alcumes no canto do propio nome, pero usurpar o doutro lector é unha práctica inaceptable.
  • Non escriba en MAIÚSCULAS. Na linguaxe de Internet interprétanse como gritos e dificultan a lectura.

  • Calquera comentario que non se ateña a estas normas poderá ser borrado e calquera comentarista que as rompa habitualmente poderá ver cortado o seu acceso aos comentarios da páxina de Xabier Pita Wonenburger.

    (Se vostede non publicou nunca un comentario nesta páxina debe esperar a ser autorizado para velo comentario publicado, gracias pola espera.)

    O seu email non se mostrará na páxina.



    Foros Activos


    Acceso foros

    Mis recomendaciones

    - Restaurantes
         - A Coruña
         - Gran Canaria
    - Hoteles
         - Gran Canaria
    - Ciudades
         - Italia

    A Coruña

    cab_logo_callejero.jpg
    meteogalicia.jpg



    Enlaces

    banner_turgalicia.png
    banner_112.png
    ::Administración::
       Xunta de Galicia
       Instituto Nacional de Estadística
       Agencia Tributaria
       INEM
       Aqui Europa
       La Moncloa
       Administración del Estado
       Decisión de crear unha empresa

    ::Economía Forense::
        ADMINISTRACIÓN CONCURSAL MARTINSA-FADESA

    ::Mis webs amigas::
       Joseph E. Stiglitz
       Edmund S. Phelps
       John F. Nash, Jr.
       Ferreiro Badía
       Paul Krugman
       Jim Alegrías
       Marcos Ferrara Ferrero
       Derechos humanos en Cuba
       Voces cubanas
       El electrón zurdo
       Yoani Sánchez

    ::Bolsas de Valores::
       Bolsa de Madrid
       Bolsa de Nueva York
       Bolsa de Paris
       Bolsa de Chicago
       Bolsa de Ginebra
       Bolsa de Alemania
       Bolsa de Hong Kong
       Bolsa de Italia
       Bolsa de Londres
       CNMV
       Bolsa de Tokyo
       Bolsa de Toronto
       Bolsa de Frankfurt
       Bolsa de Amsterdam
       The Nordic Exchange
       London Metal Exchange
       Nasdaq
       Bolsa de Corea
       Australian Securites Exchange
       Bolsa mexicana
       Bolsa de Brasil

    ::Finanzas::
       Banco de España
       Banco Mundial
       Tesoro Público
       Fondo Monetario Internacional
       Economistas Forenses
       OCDE
       International Accounting SCF
       Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
       International Association of Restructuring, Insolvency & Bankruptcy Professionals

    ::Medios de Comunicación::
       La Voz de Galicia
       El País
       CNN
       BBC
       Financial Times
       CBS
       NBC
       Le Monde Diplomatique
       The Times
       The New York Times
       Emisoras de radio
       Listen to the Radio station
       Corriere della sera
       Le Monde
       The economist
       Le Figaro
       Público (Portugal)
       Der Spiegel

    ::WEBS útiles::
       Real Academia Española
       Reloj mundial
       Ciudades del mundo
       Velocidad de tu conexión
       Curso de Galego
       El Socialista
       PSdeG-PSOE
       BBC Learning English
       Corrector de Galego
       Traductor
       Naciones Unidas
       Convertidor de divisas
       Galimap
       Worldwind
       Aprende Portugués
       Juntos desde 1957
       Tu otro médico

    ::Universidades y Escuelas de Negocios::
       Harvard Business School
       Harvard University
       Massachusetts Institute of Technology
       Stanford University
       University of Cambridge
       University of Oxford
       The London School of Economics
       London Business School
       Georgetown University
       The University of Chicago
       INSEAD Fontainebleau
       Cranfield University

    ::Unión Europea::
       Parlamento Europeo
       Consejo UE
       Comisión Europea
       Tribunal de Justicia
       Tribunal de Cuentas
       Comité Económico y Social
       Comité de las Regiones
       Banco Central Europeo
       Banco Europeo de Inversiones
       Representación en España




    Aviso Legal
    Política de Privacidad

    xpw.jpg