El Constitucional levanta la suspensión del catálogo y avala que la Xunta controle el gasto en fármacos
El Tribunal Constitucional acordó el martes levantar la suspensión de la ley que daba luz verde a la creación del catálogo gallego de fármacos y del acuerdo de la Xunta que aprobaba el listado de medicamentos que financiaba la sanidad gallega y que excluía los más caros del catálogo estatal, aunque garantizando tratamiento para todas las dolencias. El catálogo, que estuvo operativo dos meses y en el cajón durante cuatro, se volverá a activar desde hoy, anunció ayer la titular de Sanidade, Pilar Farjas, de tal modo que en Galicia sólo se podrán recetar y consumir los fármacos del catálogo autonómico.
El TC levanta la suspensión, pero no se pronuncia sobre la supuesta
inconstitucionalidad denunciada por el Gobierno de España. Hasta que dicte sentencia pueden pasar años, dada la saturación del alto tribunal, pero ayer la Xunta se apuntó un éxito con el auto del pleno del TC, pues aunque dice no entrar en el fondo de la cuestión al defender su decisión de levantar la suspensión concluye que la Xunta tiene "la obligación", según fijan leyes de ámbito estatal, de "distribuir equitativamente los recursos disponibles a fin de garantizar la sostenibilidad del sistema público de salud favoreciendo el uso racional de los medicamentos e instaurando políticas de contención del gasto".
El alto tribunal decide dar vía libre de nuevo al catálogo de fármacos, que abrió un agrio enfrentamiento entre Gobierno y Xunta, porque entiende que el Ministerio de Sanidad en sus alegaciones no ha demostrado "la existencia de perjuicios ciertos, efectivos e irreparables" que obligue a prohibir el catálogo mientras el TC no se pronuncia sobre su constitucionalidad. Es más, el auto entiende que el catálogo supone un beneficio, pues permite ahorrar nueve millones de euros al mes, una cifra aportada por el Ejecutivo autonómico y que para el tribunal "es suficientemente ilustrativa de los efectos que, sobre la reducción de la factura farmacéutica y la correlativa sostenibilidad del sistema público sanitario puede producir" el catálogo, un efecto, añade, "tanto más relevante si se toma en consideración el contexto de crisis económico" que vive España, y que ya ha forzado otras medidas de "contención y racionalización del gasto público".
El Constitucional no valora un informe del Ministerio de Sanidad, donde se da cuenta de que en Reino Unido se rechazó una iniciativa similar a la gallega por "considerar que los beneficios económicos eran escasos respecto a los perjuicios generados a los pacientes".
El Gobierno español sostenía además que el catálogo gallego atentaba contra la libertad de prescripción de los médicos, al restringirle los fármacos que puede recetar, pero el TC advierte de que la libertad de prescripción ya "no es absoluta" tampoco a nivel estatal, pues hay un catálogo español en el que no están todos los medicamentos del mercado. Además, se hace eco de un informe del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, facilitado por la Xunta, que no pone objeciones a la iniciativa gallega "desde una perspectiva de deontología profesional".
Sanidad denunciaba también que para los casos excepcionales en los que no valiesen los fármacos del catálogo se obstaculiza tanto el acceso a los otros medicamentos con el objetivo de desanimar a los médicos a prescribirlos. Para el TC esta "supuesta actitud obstructiva" es "una mera hipótesis" del Ministerio, pues según la información de la Consellería el permiso para recetar medicamentos que no están en el catálogo gallego se daría "en un tiempo razonablemente breve".
Al Constitucional tampoco le vale otro argumento del Gobierno para la suspensión del catálogo, pues entiende que el Estado "no aporta datos" que demuestren que con la restricción de fármacos pueda haber "una reducción de la calidad y la eficacia de la prestación farmacéutica y así esté en "riesgo cierto" "un valor de indudable relevancia constitucional, como es la protección a la salud".
Fuente y autor: I. BASCOY/D. DOMÍNGUEZ /faro de Vigo




